Información

En este apartado, les ofrecemos toda clase de información sobre la documentación necesaria para obtener el certificado de defunción de una persona y los procedimientos y certificados necesarios para proceder al enterramiento o a la incineración del fallecido.

También les ofrecemos información relacionada con los distintos tipos de testamentos legales que pueden ser de dos tipos: testamentos comunes o testamentos especiales.

Hemos habilitado un lugar donde les informamos en que consisten las donaciones de órganos, como conseguir la tarjeta de donante y si lo desea desde aquí puede hacerse donante rellenando un formulario con sus datos personales.

Toda esta información puede descargarla en formato .pdf

Esperemos que nuestra información, le sirva de ayuda.

Documentación

Certificado de defunción:

  • Generalidades

    El médico facultativo que haya asistido al difunto en su última enfermedad, o cualquiera otro que reconozca el cadáver, certificará su defunción.El certificado de defunción se adquiere en las Oficinas de Farmacia.

  • Inscripción de la defunción en el registro civil y obtención de la licencia de entierro

    El certificado de defunción ha de hacerse llegar al Registro para su inscripción y la subsiguiente expedición, por el Encargado del mismo, de la licencia de entierro.Estas diligencias se realizarán dentro de las 24 horas siguientes a la defunción.

Documentación necesaria:

  • Enterramiento

    La licencia de entierro se presentará en una empresa funeraria, con el fin de proceder a la inhumación del cadáver.Los familiares de la persona fallecida que a través de una entidad aseguradora hayan pagado en vida el entierro y la sepultura para la inhumación de sus restos, deberán presentar la documentación acreditativa de esta circunstancia en la empresa funeraria.

    Si la persona fallecida posee sepultura, los familiares deberán presentar o acreditar el título de derecho funerario.

    Si se solicita la gratuidad del servicio funerario debe aportarse un documento del Ayuntamiento o de la Junta Municipal correspondiente acreditativo de la falta de recursos económicos.

    La inhumación se ajustará a las leyes y reglamentos respecto al tiempo, lugar y demás formalidades.

    El entierro tendrá lugar, por lo general, transcurridas al menos 24 horas desde el momento de la muerte.

  • Incineración
    Si los familiares desean la incineración del cadáver, deben expresarlo claramente al médico facultativo para que este lo haga constar expresamente en el certificado de defunción.
  • Otras diligencias

    En el caso de que el fallecido percibiera retribuciones de cualquier Administración Pública o empresa privada por haber prestado servicios a las mismas, el fallecimiento debe comunicarse a los centros pagadores.Si el fallecido es un trabajador en activo con familia a su cargo, además de la comunicación a los correspondientes centros pagadores, ha de comunicarse el fallecimiento a la Dirección General de Costes de Personas y Pensiones Públicas, o al Instituto Nacional de la Seguridad Social, para la tramitación de las pensiones a las que pudiera haber lugar. («Pensiones a familiares» del sistema de la Seguridad Social; pensiones de viudedad, orfandad, etc. de los funcionarios públicos…).

    Recuerde que, en ocasiones, las empresas privadas y las Administraciones Públicas tienen concertados seguros de vida para sus empleados. También la Banca, para sus clientes, suele asociar la apertura de cuentas corrientes con la suscripción de una póliza de seguro de accidentes. No olvide comunicar el fallecimiento para tener derecho a dichos seguros.

    Por otra parte, para conocer si el fallecido ha otorgado testamento, debe solicitarse del Registro de Últimas Voluntades del Ministerio de Justicia una certificación acreditativa de esta circunstancia. Para realizar esta petición debe aportarse una certificación de defunción y deben haber transcurrido 20 días desde la muerte del causante.

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Testamentos

Los testamentos pueden dividirse en comunes y especiales.
Los testamentos comunes:

Los testamentos especiales:

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Donaciones

Información sobre donación:

Centros de donaciones sanitarias:

  • Oficina de transplantes de Galicia
    981 542 863 / 981 542 854
  • Ciudad Sanitaria Juan Canalejo
    981 298 759

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