Información >> El testamento marítimo
Es el testamento abierto o cerrado que se otorga durante un viaje por mar por cualquiera de los que van a bordo.
Si el buque es de guerra, se hará ante el comandante del mismo, y si es mercante ante el capitán o quien ejerza sus funciones en ambos casos, siendo necesaria la presencia de 2 testigos que serán elegidos entre los pasajeros.
Si el testamento lo otorgan el comandante o el capitán deberán hacerlo ante las personas que puedan sustituirlos. Los testamentos realizados quedarán en poder del comandante o capitán y se hará mención a su otorgamiento en el diario de a bordo.
Una vez llegados a algún puerto en el que exista representación diplomática española, se hará de entrega de los testamentos que serán enviados a España.
Estos testamentos tendrán una validez de 4 meses desde la fecha del desembarco.